SERNAC EXIGIRÁ A JETSMART COMPENSACIONES POR NO DEVOLVER EL DINERO TRAS SUSPENSIÓN DE VIAJES

El SERNAC abrió un Procedimiento Voluntario Colectivo con Jetsmart con el fin de
exigir compensaciones por la no devolución del dinero pagado por los consumidores
tras la suspensión del viaje en el contexto de pandemia.
El Servicio recibió más de 3.800 reclamos en 2020 y 324 casos al 31 de enero de este
año, donde los consumidores señalan que no se les devuelve el dinero pagado por
viajes, que se les ofrecen reembolsos que finalmente no se verifican, además de falta
de información y dificultades para contactar a la empresa. En un alto porcentaje de
los reclamos recibidos por el SERNAC, la empresa no entregó una solución al
consumidor.
A través de un Procedimiento Voluntario Colectivo, el Servicio pretende, entre otros
aspectos, que la empresa ofrezca una solución para quienes compraron sus servicios
y no lo recibieron, así como para quienes deseen reagendar, sin tener que pagar
multas por ello.
El Director (s) del SERNAC, Jean Pierre Couchot, explicó que “lo que exigimos desde
un primer momento respecto a los viajes, es que se ofrecieran alternativas
equivalentes, se reprogramara con flexibilidad y se devolviera lo pagado si finalmente
las personas no pueden viajan”.
No obstante, indica que ello no ocurrió con esta empresa pese a que “ya pasó un
tiempo prudente desde el inicio de la pandemia y no hay excusas para no responder a
los consumidores por lo mínimo que están pidiendo que es contestar el teléfono y no
pagar por un servicio que no recibieron o que se les entreguen alternativas
equivalentes y adecuadas”.
La autoridad señaló que a través de este procedimiento se buscarán soluciones para
todos los consumidores afectados, aunque en caso de no lograr una propuesta
adecuada para los consumidores, no descarta tomar otro tipo de acciones.
El Servicio está analizando si existen otras aerolíneas en una situación similar para
evaluar lo que corresponda.
Un Procedimiento Voluntario Colectivo tiene una tramitación expedita y un plazo
acotado de duración de máximo seis meses, durante el cual se analizan las
propuestas de solución para alcanzar un acuerdo, que cumplan con exigencias básicas
como, proponer compensaciones que sean para todos los afectados y proporcionales
al daño.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *